Los dos imputados por el crimen del remisero Juan Antonio Waller fueron condenados en la primera instancia. El Tribunal de Juicios de Gualeguaychú consideró que estaba probada la materialidad y la participación de ambos en grado de co-autores. Las defensas y la querella recurrirán a Casación. La Fiscalía aguardará los fundamentos.
Carlos Riera
Ayer al mediodía se puso punto final a una historia que comenzó cinco meses atrás, en la madrugada del domingo 6 de marzo. Los dos acusados de apuñalar más de 60 veces al remisero de la empresa Boulevard, fueron condenados. Nadie pone en duda la participación de ambos en el hecho. Ahora solo resta determinar – una vez que las partes recurran a la segunda instancia – si la condena impuesta por los jueces Dumón, Derudi y Figueroa será la que terminen cumpliendo.
Por el momento, Brian Flores fue sentenciado a una pena de prisión efectiva de 22 años, mientras que Jairo Fernández deberá cumplir 18. Aunque por el momento no se conocen los fundamentos del fallo, que se darán a conocer el 29 de agosto, se infiere que el hecho de que Fernández se haya presentado espontáneamente tras el crimen y haya colaborado en la etapa investigativa, podrían haber sido los atenuantes.
En la audiencia de ayer, donde se dio a conocer el adelanto del veredicto, se ordenó que ambos permanezcan con la prisión preventiva que vienen cumpliendo desde marzo hasta tanto la condena adquiera firmeza, porque el Tribunal consideró que con este dictamen existe el peligro de fuga si aguardan en libertad y además, fue quebrantado su estado de inocencia.
En la lectura se dejó en claro que las declaraciones que ambos realizaron durante el juicio ratifican la decisión de los jueces y se desestimó el relato de Fernández, sobre su ajenidad en el hecho, ya que quedó demostrada su participación cuando se comprobó la utilización de más de un arma blanca en las heridas que presentaba el cuerpo de Waller.
Tanto la Fiscalía como la querella habían solicitado durante el debate que Flores y Fernández fueran condenados por Homicidio criminis causae, a una pena de prisión perpetua, pero los magistrados entendieron que el crimen de Waller no contiene los elementos que encuadra el criminis causae, los cuales no llegaron a ser acreditados durante el juicio, y por ello la calificación legal que corresponde en este caso es el robo calificado por homicidio, una tipificación que prevé penas que llegan hasta los 25 años.
El Ministerio Público Fiscal trató por todos los medios de probar el criminis causae, pero la línea con el homicidio en ocasión de robo es muy fina. Los Fiscales adelantaron que esperarán los fundamentos para decidir si recurrirán a la siguiente instancia, en tanto el querellante Darío Carrazza aseguró que llevará este fallo a Casación.
Se puede decir que una de las personas que logró su meta fue el defensor de Flores, Pablo Di Lollo, que desde su intervención en el caso, a partir de la segunda audiencia, tuvo como objetivo derribar la teoría del criminis causae para que su defendido evitara la prisión perpetua. A pesar de que lo logró, entiende que dentro de la calificación endilgada se le otorgó una pena muy alta a Flores y por ello también irá a Casación.
Mientras todo esto se resuelve y el órgano de alzada define si mantiene el dictamen del Tribunal de Gualeguaychú o emite una nueva sentencia, Flores y Fernández aguardarán recluidos en la Unidad Penal 2.
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